Protección Infantil

La Ley 679 del 3 de agosto de 2001, expedida en desarrollo del artículo 44 de la Constitución, junto con el Decreto 1524 de 2002 y la Ley 1336 de 2009, están dirigidas a prevenir y combatir la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores.

Por ello es obligatorio prevenir, bloquear, enfrentar y denunciar cualquier uso, alojamiento, publicación, explotación o difusión de imágenes, textos, documentos y archivos audiovisuales; el uso indebido de redes de información; o el establecimiento de vínculos telemáticos que impliquen contenido sexual de niñas, niños y adolescentes, conductas que pueden generar responsabilidades penales.

En caso de saber o conocer de alguna situación que vaya en contra vía de lo señalado en la normatividad vigente o tienes información sobre este tema, que las autoridades competentes deban conocer, no dudes en realizar las denuncias respectivas en los siguientes sitios:

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

LÍNEA DE ATENCIÓN GRATUITA:
01 800 0912667
SITIO WEB:
www.ciberpaz.gov.co

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

LÍNEA DE ATENCIÓN GRATUITA:
01 8000 918080 – Línea 141
SITIO WEB:
www.icbf.gov.co

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

LÍNEA DE ATENCIÓN GRATUITA:
01 800 0912280
E-MAIL:
contacto@fiscalia.gov.co
SITIO WEB:
www.fiscalia.gov.co

DIRECCIÓN CENTRAL DE POLICÍA JUDICIAL DIJIN GRUPO INVESTIGATIVO DELITOS INFORMÁTICOS

Carrera 77 A # 45 – 61 Barrio Modelia
Bogotá DC – Colombia
TELÉFONO PBX:
426 6900 Ext. 6301 – 6302
www.policia.gov.co/dijin